La nueva Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario, que se aprobó el pasado 17 de junio de este año, trae una serie de novedades muy importantes y que debemos conocer si estamos pensando en comprarnos una casa.
Fundamentalmente se trata de una ley que persigue el objetivo de una mayor claridad y transparencia para el consumidor, con un abaratamiento en los costes por parte del hipotecado, la eliminación de la cláusula suelo y la limitación de los productos vinculados.
Aunque esta nueva norma no tiene carácter retroactivo, es decir, que solo tendrá validez para las hipotecas que se formalicen a partir de la entrada en vigor de la Ley, hay un par de artículos de la norma que sí que tienen carácter retroactivo:
- El que abarata la conversión de una hipoteca variable a tipo fijo: donde la comisión máxima que se cobraría sería de un 0,15% y se aplicará únicamente si el cambio se produjera durante los primeros 3 años del plazo del préstamo.
- Y el que establece cuando se puede ejecutar una hipoteca en caso de impago: donde los bancos no podrán iniciar el proceso de ejecución hipotecaria hasta que ocurra uno de estos dos supuestos:
- En la primera mitad del plazo que la demora no exceda del 3% del capital concedido o haya un equivalente a 12 cuotas impagadas.
- En la segunda mitad del plazo, cuando el porcentaje pagado a Hacienda un 7% o las mensualidades en demora sean 15 cuotas impagadas.
Además los que firmaron su contrato antes de la entrada en vigor de la Ley se beneficiarán también de la libertad de poder cambiar de banco sin coste alguno, ya que la comisión de subrogación queda eliminada.